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La Felipedia

Error al renovar el certificado FNMT de firma electrónica

 

Hoy me he vuelto loco al intentar renovar un certificado digital de la FNMT. Inicialmente todo estaba correcto: los ajustes del navegador, los drivers CAPICOM, el certificado original antiguo (he comprobado que estaba correcto aquí)...

El caso es que estaba obteniendo este error:

La operación solicitada no se puede realizar:

Lamentamos no poder procesar su solicitud con el certificado seleccionado ya que éste fue obtenido por medios que no requirieron de su acreditación física en una oficina de Registro (Art. 13 - Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica). Si no dispone de otro certificado de los admitidos con el que acreditar su identidad, siempre podrá obtener su certificado siguiendo el procedimiento habitual (Obtener certificado software) o bien haciendo uso de su DNIe (Obtener certificado con DNIe) en nuestra sede electrónica.

Después de un rato dándole vueltas, he descubierto que el motivo es que

ahora es necesaria la presencia física del solicitante cada cinco años para poder renovar el certificado...  (en mi caso lo saqué hace unos diez años y siempre lo he renovado por internet). No olvidéis que ya no se puede utilizar Chrome para el proceso.

Resumiendo, no os volváis locos, haced una nueva petición, pasad por un sitio autorizado a firmar y sobre todo recordad que la petición y la recogida del certificado deben hacerse desde el mismo ordenador y sesión de usuario.

La pista me la dieron en este comentario:

https://trisquel.info/es/forum/renovar-certificado-de-fnmt#comment-68697

y la respuesta oficial aquí:

http://tucertificadodigital.es/por-que-no-puedo-renovar-el-certificado-digital/

Y la justificación legal aquí:

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-23399

"Artículo 13. Comprobación de la identidad y otras circunstancias personales de los solicitantes de un certificado reconocido.

 1. La identificación de la persona física que solicite un certificado reconocido exigirá su personación ante los encargados de verificarla y se acreditará mediante el documento nacional de identidad, pasaporte u otros medios admitidos en derecho. Podrá prescindirse de la personación si su firma en la solicitud de expedición de un certificado reconocido ha sido legitimada en presencia notarial.

...

b) Cuando para solicitar un certificado se utilice otro vigente para cuya expedición se hubiera identificado al firmante en la forma prescrita en este artículo y le conste al prestador de servicios de certificación que el período de tiempo transcurrido desde la identificación es menor de cinco años."

4 comentarios

sacamantecas -

gracias compañero!

Albert -

La de tiempo que he quemado con la renovación....

Muchas gracias por la info.

Jesus -

Muchas gracias; ya podian explicarlo asi de bien en la web de la FNMT.
La verdad es que los certificados son tan utiles como inutiles los que desarrollan las aplicaciones que los utilizan. Esta gente no ha salido de Internet Explorer y applets y ahi nos las den todas; y ahora encima esto ... en fin, paciencia y resignacion.

robertocm -

Muchas Gracias!!

Me has evitado mucho tiempo de pruebas infructuosas...